Destacamos la reciente publicación en el BOE del Real Decreto 81/2014 por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y que viene a trasponer una Directiva europea que entró en vigor el pasado 25 de Octubre de 2013. Este RD, entre otros aspectos, viene a regular el supuesto de que el desplazamiento recíproco de un ciudadano a otro Estado dentro de los 28 países de la UE se realice con el propósito expreso de recibir asistencia sanitaria, en cuyo caso habrá que abonarlo, aunque después le sea reembolsado al ciudadano el dinero.
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